OBRAS DE LOS PADRES DE LA IGLESIA (421)

Jescuristo resucita a Lázaro

Hacia el año 1000

Evangeliario

Reichenau, Alemania

Orígenes, Dieciséis homilías sobre el Levítico

Homilía XVI: Sobre las bendiciones del Levítico

Las leyes del combate

1. En las luchas corporales suelen observarse ciertamente los grados y las diferencias de cada una de las clases, para que, por la cualidad del certamen, cada uno sea remunerado con el premio de la victoria. Por ejemplo, si la lucha es entre niños, si entre jóvenes, si entre hombres, para cada clase debe haber un reglamento a observar, lo que está permitido, lo que no está permitido, la regla de combate a guardar, y también después de esto la recompensa que merece la palma del vencedor, todo está igualmente asegurado por las leyes del combate. 

Recompensas y castigos

Así, también ahora Dios omnipotente estableciendo para los mortales el combate de su Ley, que (se debe) observar en este mundo, después de transmitir muchas (observancias) que deben practicarse, y enumerar lo que se debe y no se debe hacer, enuncia convenientemente al final del libro del Levítico, en el cual ha legislado sobre cada una de las observancias, qué recompensa obtiene el que las ha cumplido y qué castigo sufre quien nos las ha observado. 

Bendiciones espirituales

Pero si la Ley, según lo quieren los judíos y esos que piensan que las Escrituras deben ser comprendidas en el sentido que ellos (les dan)[1], no es espiritual sino carnal, no hay duda que su observancia carnal a quienes la observan concede también bendiciones carnales. Pero si, como lo considera el Apóstol, “la Ley es espiritual” (cf. Rm 7,14), sin duda también debe ser observada espiritualmente, y espiritual es la recompensa de las bendiciones que de ella se espera. Porque es totalmente consecuente que una ley espiritual dé bendiciones espirituales, y de una lógica no menos perfecta que también las maldiciones y las condenas de la Ley espiritual no sean corpóreas. Pero para que sea indubitable lo que decimos sirvámonos de la voz del mismo apóstol Pablo, que escribiendo a los efesios sobre las bendiciones espirituales de este modo se pronunciaba: “Bendito, decía, (sea) el Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo, que nos bendijo con toda bendición espiritual en las regiones celestiales, en Cristo” (Ef 1,3). Puesto que ciertamente sabía que algunos lectores, sobre las bendiciones, podían engañarse pensando que estas (eran) corporales y terrenas, quiso manifestarles con evidencia cuál sea la naturaleza de las divinas bendiciones o dónde buscarlas, y por eso dice: “Nos bendijo, afirma, con toda bendición espiritual en las regiones celestiales, en Cristo” (cf. Ef 1,3).

Las bendiciones espirituales confieren fuerza y espíritu

Pero también esto que agrega: “Con toda bendición”, no es ocioso, sino lleno de apostólica vehemencia. Porque sabía que muchas cosas que deben cumplirse son mandadas por la Ley, y que cada mandamiento tiene sus propios combates, en cada uno de los cuales el que vence merece una bendición; por eso dice que: “Nos bendijo con toda bendición espiritual” (cf. Ef 1,3), para mostrar que (las bendiciones) son muchas y espirituales. Y puede entenderse en esta palabra que dice: “Con toda bendición espiritual”, también, por ejemplo, aquello de que cada justo perfecto recibe las bendiciones del Levítico, sobre las cuales es la presente palabra; recibe también aquellas que están escrita en el libro de los Números (cf. Nm 24,1 ss.), e incluso las que están contenidas en el libro del Génesis: bendiciones de Noé a Sem y Jafet (cf. Gn 9,26 ss.), bendiciones de Isaac a Jacob (cf. Gn 28,1 ss.), también las bendiciones de José a Efrén y Manasés (cf. Gn 48,15. 20), y después a los doce patriarcas (cf. Gn 49,28). Porque son muchas las bendiciones puestas en las divinas Escrituras, que parecen dirigidas a cada uno de los santos, por ejemplo, a Sem o Jafet o José; sin embargo, no que se dirijan, como les parece a algunos, a ellos solos, de modo que otro no pueda participar de ellas; por eso el Apóstol las llama espirituales (cf. Ef 1,3), para que quienquiera pueda recibir la fuerza y el espíritu; por ejemplo, Sem o Jafet o José o Isaac o Jacob, como también Juan lo fue “en el espíritu y el poder de Elías” (cf. Lc 1,17), que pueda también él tener parte en la bendición de aquel del cual ejerce el poder y el espíritu.



[1] Lit.: en el sentido de ellos (eorum sensu…).